Rodríguez Saá derogó resolución de Dosep que prohibía a lesbianas acceder a una fertilización asistida

Ante la negativa de la obra social, la pareja, compuesta de Elena Pérez y Mariela Donadía, recurrió a la Justicia, presentando un recurso de amparo, el cual fue contestado por el fiscal de Estado, Eduardo Allende, alegando que el hecho de no estar en pareja con un hombre convierte a Donadío en una persona discapacitada.

“En su contestación, el Fiscal de Estado recurre a la Ley 24.901 de SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS EN HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD y cita “…que el artículo 9° define a las personas con discapacidad, conforme a lo establecido por el artículo 2° de la Ley 22.431, a todas aquellas que padezcan una alteración funcional permantente o prolongada, motora, sensorial o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables en su integración social, educacional o laboral…” y continúa en ese sentido, haciendo referencia al Decreto Nacional N° 762/97 (sistema Único de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad), aludiendo que como DOSEP no forma parte del FONDO SOLIDARIO DE REHABILITACIÓN, no les son exigibles sus disposiciones y las mismas deben cumplirlas las autoridades nacionales”, informó ayer el medio Periodistas en la Red.

En su contestación, Allende también hizo referencia a la ahora derogada resolución, mediante la cual Dosep no reconocía “técnicas de fertilización asistida con la utilización de semen heterólogo (donante extraño a la pareja) dado que solo reconoce la utilización de gametos propios de cada integrante de la pareja”.

“El mismo Estado es el que ahora responde con discriminación y violencia a un reclamo que entendemos justo. La respuesta del Fiscal Eduardo Allende DUELE, porque éste último, no puede desconocer que en 1990 la Organización Mundial de la Salud (OMS) excluyó a la homosexualidad de la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y otros Problemas de Salud”, manifiesta Elena en la misiva dirigida a nuestro medio”, escribió Elena Pérez a Periodistas en la Red.

Afortunadamente, una vez el tema fue replicado en los medios locales, Rodríguez Saá actuó inmediatamente y, en menos de 24 horas, derogó la insólita resolución de Dosep y le ordenó a la obra social “que en forma inmediata dicte una nueva norma por la cual se garantice la realización de procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida, sin ningún tipo de requisitos o restricciones que impliquen la limitación o exclusión debido a la orientación sexual o el estado civil de los destinatarios”.

El decreto del Gobernador:
La Resolución N° 210-DOSEP/2013 de fecha 13 de Abril de 2013, por la cual se aprueban las modalidades de cobertura de Tratamientos de Fertilización Asistida, estableciendo criterios de aplicación y acceso al sistema de cobertura, Y: CONSIDERANDO: 

Que la Ley Nacional N° 26.862, a la que adhiriese el Estado Provincial, mediante Ley N° 111-0868-2013, establece el acceso integral a los procedimientos y técnicas medico-asistenciales de reproducción medicamente asistida;

Que la precitada norma nacional establece en su Artículo 8° que los criterios y modalidad de cobertura “… no podrán introducir requisitos o limitaciones que impliquen la exclusión debido a la orientación sexual o el estado civil de los destinatarios”;

Que la normativa provincial debe adecuarse al más amplio criterio tendiente a la inclusión de todas las personas que deseen acceder a los procedimientos y técnicas de reproducción medicamente asistida.

Que en tal orden de ideas, resulta necesario derogar la Resolución N° 210-DOSEP/2013, ordenando a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial que en forma inmediata dicte una nueva norma por la cual se garantice la realización de procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida, sin ningún tipo de requisitos o restricciones que impliquen la
limitación o exclusión debido a la orientación sexual o el estado civil de los destinatarios; Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:
Art.1°.- Derogar íntegramente la Resolución N° 210-DOSEP/2013 de fecha 13 de Abril de
2013.-

Art.2°.- Ordenar a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial que en forma inmediata dicte una nueva norma por la cual se garantice la realización de procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida, sin ningún tipo de requisitos o restricciones que impliquen la limitación o exclusión debido a la orientación sexual o el estado civil de los destinatarios.-

Art.3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado de Salud y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda Pública.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

Art. 4°.-ES COPIA:

ALBERTO JOSE RODRIGUEZ SAA
ROBERTO JORGE SCHWARTZ
MARIA NATALIA ZABALA CHACUR

Nota del editor: Como antes hemos recibido planteos realmente insólitos cuando se trata una noticia de este estilo, recordamos a cualquier persona que se haya sentido ofendida por el uso de la palabra “lesbiana” que la misma no es un insulto ni un término peyorativo o políticamente incorrecto. Sin ir más lejos, en nuestro país existe desde hace años la Federación Argentina de Lesbianas Gays Bisexuales y Trans (FALGBT) que clara y orgullosamente utiliza la palabra “lesbianas” en su propio nombre.

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