Además, el mismo Gobernador apoya al sistema. Los detalles del proyecto. La UCR presentó en la Legislatura un proyecto de ley para que se implemente el sistema de boleta única para las elecciones generales provinciales de octubre. Por otra parte, en las últimas semanas el gobernador y candidato a presidente Alberto Rodríguez Saá manifestó estar de acuerdo con el sistema.
Será una boleta única para cada categoría de cargo electivo y deberá debe tener varios casilleros. Un casillero para votar por el candidato que se desea, para sufragar en blanco y para la firma del presidente de mesa. La medida de la boleta, no debe ser menor a 21,59 cm. de ancho y 35 cm de alto.
Para la elección de gobernador, intendentes municipales y senadores provinciales, la boleta única debe contener los nombres de los candidatos titulares con sus respectivas fotos. En el caso de diputados provinciales y concejales, la Autoridad Electoral debe establecer qué número de candidatos titulares y suplentes deben ?gurar en la boleta única. En todos los casos, las listas completas de candidatos con sus respectivos suplentes deben ser publicadas en a?ches o carteles de exhibición obligatoria que deben contener de manera visible y clara las listas de candidatos propuestos por los partidos políticos.
Para facilitar el voto de los no videntes, se deben elaborar plantillas de cada boleta única en material transparente y alfabeto Braille, que llevarán una ranura en el lugar destinado al casillero para ejercer la opción electoral, que sirva para marcar la opción que se desee.
En caso de robo, hurto o pérdida del talonario de boletas únicas, será reemplazado por un talonario suplementario de igual diseño y con igual número de boletas donde se hará constar con caracteres visibles dicha condición. Deben tener serie y numeración independiente respecto de los talonarios de boletas únicas, además de casilleros donde anotar la sección, el distrito, circunscripción y mesa en que serán utilizados.
Los votos
Son votos válidos aquellos en el que el elector ha marcado una opción electoral por cada boleta única oficializada.
Son considerados votos nulos:
a) Aquellos en el que el elector ha marcado más de una opción electoral por cada boleta única
b) los que lleven escrito el nombre, la firma o el número de Documento Nacional de Identidad del elector
c) Los emitidos en boletas únicas no entregadas por las autoridades de mesa y las que no lleven la firma del presidente de mesa o la autoridad de mesa en ejercicio del cargo
d) Aquellos emitidos en boletas únicas en las que se hubiese roto algunas de las partes y esto impidiera establecer cuál ha sido la opción electoral escogida, o en boletas únicas a las que faltaren algunos de los datos visibles en el talón correspondiente
e) Aquellos en que el elector ha agregado nombres de organizaciones políticas, listas independientes o nombres de candidatos a los que ya están impresos
f) Aquellos donde aparecen expresiones, frases o signos ajenos al proceso electoral,
g) Aquellos en el que elector no ha marcado una opción electoral en la boleta única.
Son considerados votos en blanco sólo aquellos que se manifiesten expresamente por dicha opción en cada boleta única.
Seguramente, el proyecto será aprobado en la Legislatura, teniendo en cuenta que el oficialismo seguirá la línea de apoyo al sistema que manifestó el Gobernador.