[dropcap style=”square”]E[/dropcap]n la mañana de este lunes, la Cámara Penal Nº 1 recepcionó los alegatos en la causa en contra de Liliana Luchessi, quien está acusada del homicidio calificado de su hijo Jair, de un año de edad, ocurrido en junio de 2014.
En primer lugar, el fiscal de Cámara, Ernesto Lutens, realizó un breve relato de los hechos sucedidos ese día. Afirmó que la materialidad del hecho y la autoría no admiten mayores análisis. Hizo referencia en gran parte, al informe de la médica forense y al resultado de las autopsias y en relación a ello, citó el trabajo académico “Síndrome del niño maltratado”.
El fiscal se refirió además a los testimonios de las vecinas de la acusada, quienes declararon y afirmaron que el niño recibía golpes, los cuales fueron corroborados por los médicos. Además, señaló Lutens, tres médicos forenses coincidieron en sus conclusiones respecto del origen de los hematomas y las lesiones. En relación a la materialidad del hecho y del fallecimiento de Jair el funcionario expresó: “Murió por un evento traumático ajeno a cualquier problema de salud”.
El fiscal agregó que las lesiones que el menor contenía no habían sido producidas por simples caídas o por accidentes domésticos, y enumeró algunos indicios cargados de actitudes sospechosas, como que “no hubo asistencia inmediata” y que “la reacción de los padres en el momento del hecho fue de tranquilidad, ausencia y no reaccionaban”.
En cuanto a la calificación legal, el fiscal realizó una ampliación de la misma y solicitó que sea “homicidio preterintencional agravado por el vínculo”. Al respecto, Lutens explicó que la acusada no tenía intenciones de matar a su hijo, sino que buscaba golpearlo, pero “el resultado no fue el deseado”.
Como atenuantes tuvo en cuenta la falta de antecedentes de Luchessi, y como agravantes la corta edad de la víctima, los malos tratos y vulnerabilidad. Así fue como solicitó al tribunal que se aplique la pena de 20 años de prisión, accesorias legales y costas procesales.
Por su parte, Valentín Rivadera, codefensor, expresó que el fiscal no se expidió respecto al certificado de discapacidad de Luchessi, en el cual consta una incapacidad del 80%; por lo que pidió que se tenga en cuenta la inimputabilidad y los años de prisión preventiva.
Por último, el representante de la defensa, Pascual Celdrán, manifestó: “Mi clienta es inocente y no hay otra salida que la absolución”. Además, agregó que el certificado no ha sido impugnado y que la deficiencia neurológica debe ser tenida en cuenta. También, mencionó la situación psicosocial de su defendida y los maltratos que recibió a lo largo de su vida e incluso en el penal.
El abogado además manifestó que la autopsia deja vacíos y no certezas, y que posee dudas con respecto a la causa del fallecimiento de Jair. “Tienen que terminar con la mala suerte de mi clienta. Soy un convencido de que no hay pruebas ni indicios firmes para condenar a mi imputada”, dijo Celdrán, quien solicitó a la Cámara la absolución por el beneficio de la duda.
Finalmente, el presidente de la cámara, concedió la palabra a la imputada, la cual manifestó: “Yo no lo mate a mi hijo”.
Tras estas palabras, el tribunal conformado por Eduardo Sebastián Cadelago Filippi, Virna Milena Eguinoa y Hernán Herrera informó que el veredicto será emitido el próximo miércoles a las 12 hs.
La histora del juicio
Este juicio comenzó en febrero de 2017 y se suspendió porque el fiscal de la causa, con adhesión de la defensa de la acusada, solicitó que a Luchessi se le realizaran pericias psicológicas y neurológicas para acreditar su supuesta discapacidad mental. Cabe recordar que durante esta primera etapa del juicio se dio a conocer que Luchessi cobra una pensión por discapacidad, lo cual fue usado por su defensa para alegar que la mujer no estaba consciente de sus actos cuando mató a su bebé.
Luchessi esperaba la reanudación de este juicio con prisión domiciliaria, hasta que se la descubrió de fiesta en un recital de “La Barra”, en abril de 2018. Al haber violado la prisión domiciliaria, a la mujer se le volvió a dictar la preventiva.
El trágico caso de Jair Luchessi
Liliana y Jair Luchessi fueron noticia en 2012, cuando el bebé fue secuestrado en un confuso episodio ocurrido en septiembre de ese año, mientras la mujer supuestamente ejercía la prostitución. Una semana después, Jair Emanuel fue hallado en Mendoza y se produjeron dos arrestos. El niño fue devuelto a la madre, algo que fue cuestionado por muchos, y el 4 de octubre de ese mismo año, el ex gobernador de la Provincia, Claudio Poggi, entregó a la familia del bebé Jair Emanuel el decreto número 4554, el cual garantiza solventar todos los gastos en educación del infante desde jardín hasta la universidad. Ese mismo mes, uno de los presuntos secuestradores del bebé se ahorcó en su celda.
Un año y ocho meses después, en junio de 2014, el bebé Jair Emanuel ingresó sin vida al policlínico de Villa Mercedes. Primeramente, la causa de muerte se estableció como “shock hipovolémico de origen traumático en la zona abdominal”, pero luego la forense detectó en el cadáver vestigios de golpes y una fractura en la cara y una cicatriz de quemadura en el antebrazo izquierdo. Además, tenía un diente flojo y lesiones en el frenillo de la boca.
Tras intentar culpar a su pareja del momento, Liliana Luchessi fue procesada por homicidio calificado por el vínculo y trasladada al Servicio Penitenciario Provincial, donde fue compañera de Verónica Flores y Lucía Denasio, quienes estaban procesadas por el robo de su bebé ocurrido en 2012.
Denasio fue luego condenada a 5 años de prisión, mientras que Verónica Flores fue dejada en libertad por falta de mérito. La causa tuvo otro condenado, Pedro Flores, a quien le dieron 7 años de prisión. Cuando declaró, Pedro Flores aseguró que Luchessi había vendido a su bebé a Brian Fonzalida, un joven de 18 años que se suicidó en octubre de 2012, mientras estaba en prisión preventiva por el secuestro de Jair Emanuel.