La iniciativa se impulsa por las violaciones de las órdenes de restricción en casos de violencia de género.
El ministro de Gobierno, Justicia y Culto, Eduardo Mones Ruiz, adelantó que el Ejecutivo impulsa un proyecto para modificar Código Procesal Criminal de la provincia para que se incorpore un inciso que habilite a un juez dictar prisión preventiva a una persona que viole una orden judicial de restricción.
“Esto representará un antes y un después para las víctimas de violencia. Buscamos sumar una nueva herramienta de defensa para las víctimas, porque habilitará a los jueces a dictar la prisión preventiva a las personas que violen las ordenes de restricción”, consideró el ministro.
Se propone incorporar un inciso al artículo 510 del Código Procesal Criminal de la provincia que establece los requisitos para dictar la prisión preventiva, a los motivos ya existentes sumarle el no cumplimiento de una orden de restricción, “orden que debe estar vigente y debidamente notificada”, especificó el ministro al aclarar que en este aspecto los organismos involucrados deberán establecer un mecanismo.
“Las provincias pueden dictar sus propios códigos de procedimientos, que son las herramientas procesales que tienen los magistrados para aplicar la ley y eso buscamos para combatir los incumplimientos a las órdenes judiciales. Porque una vez que la Justicia da una orden, hay que cumplirla. Y si no se lo hace, pone en riesgo a las personas”, explicó.
No hay antecedentes en todo el país de una reforma de estas características, si hay jurisprudencia que considera que la violación a la prohibición de acercamiento es un delito, en los términos del artículo 239 del Código Penal llamado “desobediencia a una orden judicial”.
Las causas del proyecto de ley
– 3 de cada 10 denunciados por violencia de género violan las restricciones.
– En Argentina en 2017, una mujer fue asesinada cada 29 horas, en el 18 % de los casos había denuncias previas, y sobre un 12 % había ordenes de restricciones no cumplidas.