La Municipalidad intimó a la empresa Alquimaq

Ayer, la empresa de Servicios Básicos (Ser.Ba.) emitió un comunicado informando a los adjudicatarios de las viviendas recientemente entregadas de este barrio, ubicado en Ruta 3 y Autopista de las Serranías Puntanas, “que por eventuales inconvenientes con los servicios de agua o de cloacas en esas viviendas”, deberán dirigir sus reclamos a la citada empresa.

“A la fecha, los servicios de ese barrio, construidos por el Gobierno de la Provincia, no han sido transferidos a la Municipalidad, por lo que la responsabilidad sobre su funcionamiento no es de competencia municipal”, advirtió en forma tajante Ser.Ba.

Este martes el Secretario de Servicios Públicos, Ramón Zarrabeitia, firmó la siguiente nota, dirigida a la empresa Alquimaq S.R.L:

En el carácter de Secretario de Servicios Públicos de la Municipalidad de San Luis, A/C de la Secretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano, tengo el agrado de dirigirme a Uds., por la directa responsabilidad que les cabe en la ejecución de la obra de la Red de Distribución de Agua en el Barrio 550 Viviendas, que para esa Empresa comprende 350 Viviendas, entregadas a los adjudicatarios antes de fin de año.

Al respecto, en la Obra Redes Cloacales y Agua Potable para el complejo de Unidades Habitacionales mencionadas y ejecutadas por esa Empresa, se observa que las conexiones con el acueducto troncal para el servicio de redes no están autorizadas y tampoco han sido inspeccionadas, razón por la cual las obras en cuestión no están aprobadas.

La situación expuesta motivó que en forma reiterada se la intimara a regularizar dicha situación, habiéndoselo apercibido que la persistencia y actitud de su parte en el incumplimiento a los requerimientos materializados en el marco de la normativa de aplicación, se constituía en causal suficiente para la aplicación de sanciones.

Que en este contexto, los requerimientos, observaciones e intimaciones se formalizaron por escrito y se actuaron en  Exptes. Nº 8.217 A – 2013;  Nº 9.709 A – 2013; Nº 11.113 D – 2013; y Nº 18.408 D –  2013.

Que el Código Urbanístico expresamente dice en el Art. 57: Los urbanizadores que no cumplimentaren el plan de ejecución de obra de infraestructura en forma satisfactoria, sin perjuicio de lo previsto por el Art. 54º, se harán pasible de una multa que será determinada anualmente por el Departamento Ejecutivo. 

Que la disposición transcripta se debe armonizar con la Ordenanza nº 3347  HCD-2013, que aprueba la Tarifaria Anual, la que determina la contribución que incide sobre la construcción de obras contemplando expresamente en el Art. 28 apartado 2º, la eventualidad de Construcciones Clandestinas, las que verificadas por la Intendencia Municipal serán pasibles de aplicación de multas, en este orden de razonamiento y en el análisis normativo merece una consideración especial el Código Tributario Ordenanza 2595 /95, en su Art. 235, que trata sobre Construcciones Clandestinas, y fija el cobro de recargo por multas y derechos correspondientes, que remite a la Ordenanza Tarifaria Anual.

Por lo expuesto NOTIFICAMOS e INTIMAMOS  a Uds., para que en el plazo perentorio de CUARENTA Y OCHO (48) HORAS, procedan a la presentación de Planos y Memoria Técnica de la RED DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA Y CLOACAS,  BAJO APERCIBIMIENTO de aplicación de las MULTAS que la normativa referenciada determina, sin perjuicio que el Municipio NO RECIBIRÁ LA OBRA, quedando a salvo que la Comuna no asume NINGUNA responsabilidad por las eventuales contingencias que se pudieran derivar, en la obra que nos ocupa.

La citada nota incluso se enviará en copia a los Ministerios de Hacienda y Obras Públicas y de Vivienda de la provincia.

Antecedente

Con respecto a este complejo habitacional, el 6 de noviembre pasado el Subsecretario de Servicios Básicos, Héctor Filipello, dirigió una nota al Jefe de Programa Construcción de Vivienda, arq. Daniel Guibelalde,
en referencia al avance de la obra de construcción de 350 viviendas por parte de la empresa Alquimaq.

En la misma le informa que “periódicamente hemos inspeccionado las obras de construcción de la infraestructura de agua y cloacas en la urbanización de la referencia, y continuamos haciéndolo”.

“Hemos acompañado con apoyo y sugerencias la adecuación del proyecto inicial a las cambiantes condiciones de la obra, no obstante esto, queremos dejar en claro que no tenemos proyecto definitivo de las obras, resultando actualmente una obra muy distinta de la proyectada inicialmente, que no tiene documentación suficiente que la respalde, ni que responda a lo construido”, agrega.

“Por esta razón, y coincidente con el plan de calidad que ustedes impulsan, consideramos que para darle curso a los próximos trámites administrativos, el contratista deberá presentar documentación ´conforme a obra ´ de lo ejecutado y las memorias que lo respalden. Para la aprobación por nuestra parte de la documentación conforme a obra, el contratista deberá solicitar la inspección para verificar la correspondencia entre la documentación y la obra. Consideramos también que para la obra que falta ejecutar, se debería anticipar el proyecto de lo que se piensa construir”, concluye.

Dada la falta de respuesta, la Municipalidad de San Luis resolvió enviar la dura intimación a la empresa Alquimaq S.R.L., para que presente los planos y memoria técnica de la obra de la red de agua y cloacas del barrio, advirtiendo que hasta tanto eso no suceda no se habilitará la obra en cuestión.

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