La Justicia Electoral provincial autorizó a la UCR para que use el nombre Juntos por el Cambio

[dropcap style=”circle”]L[/dropcap]a Justicia Electoral provincial autorizó a que la UCR y sus nuevos aliados usen el nombre de Juntos por el Cambio en las elecciones legislativas de este año. Por otra parte, rechazó la impugnación que interpuso el PRO para que la Justicia impidiera al radicalismo el uso del nombre Juntos por el Cambio.

En uno de los expedientes, la jueza Electoral Provincial, Valeria Benavidez, emitió este sábado un auto interlocutorio en el que se reconoce la alianza transitoria Juntos por el Cambio integrada por la UCR y Mirada Socialista para que compitan en las elecciones en el ámbito municipal y provincial.

En el expediente de la impugnación, el PRO argumentó que Juntos por el Cambio “es una marca, una denominación que es patrimonio de los partidos políticos que fundaron Juntos por el Cambio que son la Unión Cívica Radical, la Coalición Cívica y el PRO. Al no haber acuerdo (en ir aliados a las PASO) no es correcto ni legal, ni es ético que se emplee esa denominación porque tiende a confundir al electorado”, según Carlos “Charly” Pereira, dirigente del PRO y abogado de la causa a este medio.

La jueza Benavidez rechazó la impugnación argumentando que son “los ‘frentes o alianzas’
los que, mediante sus actividades de divulgación, deben despejar las dudas que, en cuanto a las ideas sostenidas por los mismos, puedan abrigar los ciudadanos de San Luis y éstos a fin de concientizar su voto, participar en dichas actividades. En tales condiciones la oposición formulada por los impugnantes no puede prosperar”.

Otro punto que la jueza consideró para rechazar la impugnación es que como el PRO integra un nuevo frente denominado Unidos por San Luis (junto con Avanzar y el Partido Demócrata), “no se advierte causa suficiente de confusión en el electorado, ni que se halle comprometido capital simbólico y político de las fuerzas políticas oponentes y el de sus electores, ni la posible obtención de ventajas competitivas ilegítimas”.

“En tal contexto, considero que la oposición no reviste la fuerza ni entidad jurídica suficiente para negar la denominación ‘Juntos por el Cambio’”, dice la sentencia de la jueza.

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