La Corte Suprema de la Nación ordena que le remitan todo lo actuado en la causa de Avanzar y Cambiemos

A horas de que se conociera el fallo del Tribunal Electoral Provincial con respecto a Avanzar y Cambiemos por San Luis, básicamente prohibiéndole al frente recurrir al Superior Tribunal de Justicia, salió a la luz una resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que el frente opositor rápidamente salió a difundir, ya que, tácitamente, implica que el Máximo Órgano de Justicia podría ocuparse de la causa.

“Es un paso muy alentador porque si la Corte no se quisiera involucrar se declara incompetente y punto. Con esto está pidiendo que se le envíe toda la documentación del proceso”, destacó el diputado provincial Alejandro Cacace, quien lidera la lista Consenso y Unidad por San Luis, la cual quedó fuera de las elecciones provincial al negarse a presentar las boletas para las PAS, ya que ellos consideraban que su lista ya había sido legítimamente proclamada por la junta electoral del frente.

La medida de la Corte ordena que le remitan la totalidad “de las actuaciones labradas por la Junta Electoral Partidaria de ‘Avanzar y Cambiemos por San Luis’ como así también de la integridad de las actuaciones judiciales a las que se hace referencia en el escrito de inicio, incluyendo los recursos que se mencionan como pendientes de concesión”.

La resolución
“Toda vez que en la demanda se invoca la violación de las disposiciones contenidas en los arts. 1, 5, 37, 38 y concordantes de la Constitución Nacional y que las pretensiones deducidas guardan estrecha relación con la transparencia de los actos eleccionarios, con la necesidad de que estos se desarrollen de acuerdo con las normas legales y constitucionales correspondientes y con el imperativo de que la intervención de los tribunales pueda tener lugar en tiempo útil para la eficacia de sus decisiones, sin perjuicio de lo que corresponda en definitiva decidir, esta Corte hará uso de las facultades conferidas por el art. 36, inciso 4′, apartado c, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. En tal carácter, requiérase a la parte actora que acompañe a la causa copia certificada de la totalidad de las actuaciones labradas por la Junta Electoral Partidaria de “Avanzar y Cambiemos por San Luis” como así también de la integridad de las actuaciones judiciales a las que se hace referencia en el escrito de inicio, incluyendo los recursos que se mencionan como pendientes de concesión. Asimismo, debe poner en conocimiento del Tribunal todo hecho posterior a la interposición de la demanda que pudiera ser de utilidad para decidir sobre las cuestiones planteadas. Notifíquese”, dijo el escrito firmado por Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Fernando Rosenkrantz.

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