[dropcap style=”circle”]E[/dropcap]l pasado 14 de diciembre, el gobernador Claudio Poggi sacó un megadecreto en el que se declaró “la emergencia pública en materia económica, financiera, administrativa, social, alimentaria, sanitaria, educativa y de seguridad por el término de UN (1) AÑO”.
Entre los fundamentos se mencionan muchas de las cuestiones que Poggi ha mencionado en los últimos, algunas respaldadas con datos estadísticos serios; y otras no tanto, como es el caso de “en los últimos años se observa el aumento sostenido del delito en la provincia, la venta y consumo de drogas como el alarmante crecimiento de los delitos contra la propiedad”. Si bien es algo que se percibe a simple vista, un decreto debería ir acompañado de datos más duros para fundamentar las medidas que se tomen.
Dejando esto de lado, uno de los puntos más llamativos del decreto es el artículo 19 del mismo, el cual sustituye el artículo 10 de la Ley de Presupuesto 2024, que establece que el Poder Ejecutivo “no podrá aumentar el número total de cargos y horas cátedra antes establecidos”, por uno que dice que el “Poder Ejecutivo Provincial podrá aumentar el número total de cargos y horas cátedra antes establecidos”.
Quizás este punto no parece gran cosa, pero fue algo clave en el debate de las contrataciones del Plan de Inclusión, ya que justamente el poggismo, luego de dejar una sesión sin quórum, rechazó la modificación del presupuesto 2023 que cambiaba ese “no podrá” por un “podrá”, desatando así los disturbios que se vivieron en la Legislatura y luego los anuncios del piso salarial de $300.000 que tantos dolores de cabeza le está dando a la actual gestión.
“El Poder Ejecutivo Provincial podrá aumentar el número total de cargos y horas cátedra antes establecidos siempre que cuente con el recurso presupuestario correspondiente; asimismo podrá disponer modificaciones en la distribución de los mismos”, decía el proyecto de modificación del presupuesto 2023 enviado por Alberto Rodríguez Saá que rechazó el poggismo y sus aliados.
En base a este rechazo, en el presupuesto 2024 se dejó establecido que el Poder Ejecutivo “no podrá aumentar el número total de cargos y horas cátedra antes establecidos”; pero Poggi vino, y de un plumazo, lo cambió y lo dejó de la siguiente manera: “El Poder Ejecutivo Provincial podrá aumentar el número total de cargos y horas cátedra antes establecidos; no obstante, podrá disponer modificaciones en la distribución de los mismos”.
En pocas palabras, Poggi hizo por decreto lo mismo que “el” Alberto intentó hacer por ley y que su espacio fervientemente rechazó.
Otra enorme hipocresía del decreto del Gobernador es que también borra de un plumazo el famoso artículo 2 de la Ley Permanente de Presupuesto, el cual establece, entre otras cosas la famosa política de destinar un 50% del presupuesto a gastos corrientes y el otro 50% a obra pública. La suspensión de este artículo en 2020 provocó un maremoto de críticas por el poggismo. Por ejemplo, Gastón Hissa, actual intendente de San Luis, advirtió que “con esta modificación, el Estado se va a dejar de autorregir legalmente, porque va a disponer del 100% para gastos corrientes y no va a tener ninguna obligación legal”. Bueno, este punto, mediante el artículo 17 del decreto de Poggi, ya no existe.
Ese mismo artículo que el Gobernador borró también establecía distintas cuestiones relativas al endeudamiento por parte de la provincia, como el hecho de que “la deuda total del Estado Provincial no podrá superar el 3% del Producto Bruto Geográfico” y que deberá destinarse a gastos de Capital.
Otro punto controversial del decreto tiene que ver con la Policía, ya que los artículos 28 y 29 autorizan al Ejecutivo a “reasignar funciones y destino al personal de la Policía de la Provincia, Programa Seguridad Vial, Programa Seguridad Comunitaria, Programa San Luis Solidario, Servicio Penitenciario”; y también “a disponer el pase a retiro obligatorio del personal de la Policía de la Provincia y del Servicio Penitenciario Provincial que hubiera obtenido un ascenso extraordinario en dos o más jerarquías, sin obrar un acto destacado de servicio”.