Incorpora a la Constitución provincial los derechos a la Inclusión Social y a la Digital.
Ayer a la mañana, además de la vertiginosa aprobación de la polémica Ley de Elecciones Primarias Abiertas y Simultáneas para la provincia de San Luís, la totalmente oficialista Cámara de Senadores finalmente convirtió en ley la enmienda constitucional que reconoce como “nuevos derechos humanos fundamentales” a los de Inclusión Social y Digital.
Además, el nuevo artículo 11bis, que podrá leer a continuación, tiene un párrafo dedicado a los pueblos indígenas.
La flamante ley dice lo siguiente:
“ARTÍCULO 1º.- Enmiéndese la Constitución Provincial, incorporándose el Artículo 11 Bis, el que una vez culminado el procedimiento previsto por el Artículo 287 de la misma, quedará redactado como texto Constitucional de la siguiente manera:
‘ARTÍCULO 11 Bis.- Esta Constitución reconoce todos los derechos y garantías establecidos en la Constitución Nacional, a los que considera un piso, por sobre el cual la Provincia de San Luis puede establecer mayores derechos y garantías.
Todos los habitantes de la Provincia, gozan de los Derechos de Inclusión Social y de Inclusión Digital como Nuevos Derechos Humanos fundamentales.
La provincia de San Luis reconoce la preexistencia étnica y cultural de los Pueblos Indígenas, comprendiendo sus derechos consuetudinarios preexistentes conforme a los acordados por la Carta Magna Nacional, el Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes y la Declaración de la Organización de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas del 13 de septiembre del año 2007’.-
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese”.