[dropcap style=”square”]C[/dropcap]omo ya informó este medio, de acuerdo a lo establecido en el DNU 792 de presidencia de la Nación, las ciudades de Villa Mercedes, Justo Daract y Lavaisse se encuentran en aislamiento social, preventivo y obligatorio por el término de 14 días. Si bien el decreto mencionado no incluye en estas consideraciones a la localidad de Naschel, ubicada en el departamento Chacabuco, el Gobierno puntano decidió, en base a los criterios epidemiológicos actuales, incluirla en el aislamiento social preventivo y obligatorio.
Esto implica que la circulación de las personas solo se realizará para realizar compras esenciales y además deberá regirse por la terminación de DNI. Los días pares lo podrán hacer las personas cuyo DNI termine en número par y los días impares, quienes tengan un DNI que termine en número impar.
En las localidades mencionadas se suspenden:
● Reuniones familiares y sociales.
● Misas y celebraciones grupales en templos.
● Práctica deportiva.
● Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas.
● Cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.
● Servicio Público de Transporte de pasajeros urbano e interurbano, interjurisdiccional desde y hacia estas localidades, salvo para los casos previstos en el artículo 22 de este decreto (es decir, personas que realicen actividades exceptuadas).