El Gobierno flexibiliza más actividades a partir del próximo lunes

[dropcap style=”circle”]E[/dropcap]l Gobierno de la Provincia, mediante un nuevo decreto, determinó medidas que estarán en vigencia desde el lunes 21 hasta el 4 de julio de 2021. Los principales puntos a destacar es que los 3 peloteros que quedan en pié podrán abrir nuevamente sus puertas y que las celebraciones religiosas podrán realizarse de lunes a domingo, sin terminación de DNI, pero bajo los protocolos sanitarios y de ocupación establecidos.

Por otro lado, se mantiene que las reuniones familiares y reencuentros esenciales solo podrán ser de un máximo de 10 personas, el uso obligatorio de la aplicación “Trazar”, y que ya no se utilizará el sistema de DNI para adquirir bienes y servicios.

Las nuevas medidas fueron confirmadas este viernes, tras la firma del decreto 3081, por parte del gobernador Alberto Rodríguez Saá.

Otros artículos importantes establecen que el horario para circular es de 6:00 a 24:00, mientras que para actividades económicas y de servicio será de 6:00 a 23:00. Los peloteros o salones de cumpleaños infantiles que volverán a abrir sus puertas al público, pero bajo los protocolos sanitarios y de ocupación vigentes.

Las celebraciones religiosas podrán realizarse sin tener en cuenta la terminación de DNI. Sin embargo, tendrán que respetar los cuidados preventivos para evitar contagios de Covid-19. Si la reunión es en espacios cerrados, su ocupación no podrá superar el 30 % y tendrán que ventilar permanentemente el lugar. Si el encuentro es al aire libre solo podrá alcanzar el 50 % de la ocupación del espacio.

En cuanto a los encuentros esenciales, en el artículo 7° del decreto, quedó ratificada la autorización para ese tipo de reuniones familiares, pero las mismas no podrán exceder las diez (10) personas, al aire libre y bajo un estricto cumplimiento de los protocolos. El Comité de Crisis sanluiseño recomienda que esas reuniones sean entre el grupo familiar más cercano a los efectos de evitar contagios.

Por su parte, el artículo 6 mantiene la orden suspender en los ámbitos de trabajo la reunión de personas para momentos de descanso, esparcimiento, comidas y cualquier otro tipo de actividad que se realice en espacios cerrados, sin el distanciamiento de 2 metros ni la ventilación constante.

Luego, el artículo 10 mantiene la suspensión “de todas las actividades recreativas en espacios abiertos y/o cerrados incluyendo los eventos deportivos provinciales, competitivos o recreativos, federados o no. Disponer el cierre de todos los parques provinciales y espacios públicos de recreación, los espacios públicos deportivos, los museos y casas culturales públicas”.

Los empleados públicos provinciales, beneficiarios de Inclusión Social y de las becas 22AG deberán retomar sus actividades presenciales según lo establezca el ministerio del cual dependan, salvo aquellas personas mayores de 60 años, embarazadas o incluidas en grupos de riesgo.

Por último, cabe destacar que la atención en oficinas públicas, bancos, asociaciones civiles y colegios profesionales, entre otros, será con turno previo, otorgado por vía telefónica o digital.

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