Condenaron al periodista Diego Masci a pagar $90.000 por difundir el video de Spinuzza

[dropcap style=”square”]H[/dropcap]ace instantes, la juez de Sentencia, Laura Molino, condenó a pagar una multa de $90.000, por el delito de violación a la intimidad, al periodista Diego Masci, director del sitio web Zbol que dio a conocer el video donde la exministra de Educación, Natalia Spinuzza, contaba haber consumido marihuana durante su luna de miel en Amsterdam, Holanda.

De más está decir que es un fallo que sienta un más que importante precedente para el ejercicio del periodismo en la provincia San Luis, y que seguramente dará mucho que hablar y debatir por una gran cantidad de tiempo.

“Puede concluirse que Diego Masci no publicó el video de María Natalia Spinuzza entendiendo la forma errónea que con eso trataba de proteger un interés público, puesto que del propio contenido del video se extrae que de modo alguno la conducta de la querellante se encontraba relacionada con el ejercicio de sus funciones, por lo que descarta el interés público que podría existir respecto de la publicación”, reza una parte del fallo de la juez Molino, el cual destacó además que la exministra no estaba realizando nada ilegal y que la publicación afectó a su esposo, los hijos de este, su madre y sus hermanos.

“Cabe recordarle al señor que los periodistas tienen la obligación de verificar que lo que publican no lesione el pudor, la dignidad, el honor y la intimidad de terceros. En definitiva, no dañar los derechos personalísimos de aquellas personas que se pueden ver afectados por el obrar inescrupuloso de quienes están a cargo de un medio de comunicación”, continúa el fallo de la jueza.

El fallo inclusive cita un segmento del Código de Ética del Foro de Periodismo Argentino (FOPEA). En este sentido, cabe destacar que FOPEA ha apoyado a Masci durante todo este proceso. “El periodista debe respetar la privacidad de las personas, solo cuando se viera afectado un bien o valor público por un aspecto relacionado con la intimidad de una persona, puede prevalecer el derecho a la información de los ciudadanos por sobre la privacidad de un particular”, fue el segmento que se leyó durante la sentencia, la cual después agrega que “la publicación fue llevada a cabo de forma inescrupulosa, escudándose en la libertad de expresión, sin adoptar las diligencias necesarias”.

En breve publicaremos una nota con las palabras de Masci luego del juicio.

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