El proyecto se aprobó en el Senado de la Nación por 61 votos positivos y 2 negativos, uno de ellos fue el de Rodríguez Saá.
El pasado miércoles, el Senado de la Nación aprobó la nueva legislación sobre lavado de dinero que, finalmente, tipifica ese delito en el Código Penal, adecuándose de este modo la normativa vigente a las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que había amenazado con sancionar a la Argentina en una reunión que se mantendrá el próximo 20 de junio. El proyecto se aprobó por 61 votos positivos y 2 negativos, uno de los cuales fue el de Adolfo Rodríguez Saá.
Este proyecto, que tipifica el lavado de activos como delito autónomo dentro del Código Penal y lo saca del título de “encubrimiento” de otro ilícito, fue aprobado con acuerdo tanto del bloque oficialista como del arco opositor, salvo Rodríguez Saá y el sanjuanino Roberto Basualdo, quien en 2003 fue uno de los pocos que brindó su apoyo a la campaña “Adolfo presidente”.
Cabe destacar que ninguno de los medios nacionales que reportaron la sesión dio cuenta de las razones que Rodríguez Saá esgrimió para oponerse a esta nueva ley que el ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Julio Alak, ha catalogado como “un hecho fundamental en el combate del crimen organizado”.
Sobre esta nueva ley
Además de tipificar el delito, esta nueva legislación le da mayores facultades a la Unidad de Información Financiera (UIF) para solicitar información a organismos públicos nacionales y a los sujetos obligados por la ley a suministrar datos. A su vez, le otorga a ese órgano un aporte equivalente al 0,6 por ciento del presupuesto del Ministerio de Justicia.
La figura básica de lavado de dinero será a partir de los 300.000 pesos y no de 50.000, como lo era hasta ahora, aunque la UIF tendrá la facultad de determinar a partir de qué monto se debe informar sobre movimientos financieros que resulten sospechosos.
De todos modos, cabe destacar que, ante la amenaza de que la Argentina sufriera sanciones por parte del GAFI, los senadores prefirieron no hacerle modificaciones al articulado que llegó desde la Cámara de Diputados, pero sí optaron por darle media sanción a un proyecto “correctivo” de la nueva legislación.
Este “correctivo” (aprobado por 57 votos afirmativos contra 4 negativos y una abstención) atenúa las obligaciones de los privados a informar a la UIF sobre movimientos financieros y elimina la atribución del organismo para fijar multas a quienes violen la ley y la reemplaza por la facultad de decomisar.
Además, el proyecto “correctivo” introduce un artículo que señala que están obligados a dar información todas las personas físicas o jurídicas que reciban subsidios, donaciones o aportes de fondos públicos.