Mercado Pago comenzará a retener ingresos brutos por ventas online con tarjetas de crédito y débito

[dropcap style=”circle”]M[/dropcap]ercado Pago, a través de su aplicación, notificó este martes a sus usuarios en San Luis que desde el 4 de enero de 2022 comenzará cobrar un porcentaje de ingresos brutos por cada venta online con tarjeta de débito o crédito que se realice dentro la provincia o en algunas de las jurisdicciones (Mendoza, Córdoba, etc.) adheridas al Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC).

La contadora Micaela Nicolleli (MP 2326 CPCEPSL) explicó a La Gaceta que a través de SIRTAC, cada transacción comercial realizada con medios electrónicos de pago tendrá una única retención. Es decir, si una persona vende de forma online para una o varias provincias, a cada operación se aplicará una única retención SIRTAC en concepto de ingresos brutos. No es una nueva retención o recaudación: su objetivo es simplificar los regímenes de retenciones actuales en un sistema único.

El SIRTAC, simplifica y unifica las retenciones del impuesto sobre los ingresos brutos sobre operaciones de comercio electrónico abonadas con medios de pagos digitales.

Además, el sistema tiene un mínimo no imponible, dado que no están alcanzados los contribuyentes con operaciones inferiores a $52.000 mensuales (categoría D del monotributo). Esto se calculará tomando la actividad de cada usuario de los últimos 6 meses y si está por debajo de este monto, no va a sufrir retenciones.

De esta forma, se favorece el uso del comercio electrónico y la bancarización por parte de pequeños contribuyentes, que no estarán alcanzados por estas retenciones.
Sufrirán las retenciones del SIRTAC comercios, pymes o personas que vendan sus productos o servicios y cobren con Tarjetas.
– Contribuyentes locales.
– Contribuyentes del Convenio Multilateral.
– Contribuyentes no inscriptos.
– Contribuyentes sin alta en las jurisdicciones.

El padrón de contribuyentes alcanzados por el SIRTAC se encontrará en el sitio web www.sirtac.comarb.gob.ar el día 22 (o día hábil anterior) del mes inmediato anterior al que deberán efectuarse las retenciones.

Un punto importante que aclaró la contadora Nicolelli es que mediante la opción “envío de dinero” no se hace la retención por ingresos brutos.

Esta modalidad de envío de fondos es usada cotidianamente, por ejemplo, entre amigos para dividir los gastos de juntadas, asados, etc.

Retenciones adicionales

En la notificación de Mercado Pago se explica que se realizará una retención adicional del 1,5% de ingresos brutos a la persona que realice una venta, pero que no esté inscripta en la Dirección Provincial de Ingresos Públicos en el caso de San Luis.

“Si no estás inscripto en ingresos brutos y vendés en una jurisdicción adherida a SIRTAC, se te cobrará una retención del 3%. En el caso de que tus ventas sean online, esta retención recién se te aplicará cuando seas habitualista, es decir, cuando hayas realizado al menos 10 operaciones por un monto mínimo de $50.000 en un mes”, dice Mercado Pago en su notificación.

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