Abusador sexual fue condenado a 7 años y 8 meses de prisión

[dropcap style=”circle”]D[/dropcap]e manera semipresencial, este miércoles se dio lectura al veredicto que resolvió condenar a Jonathan Muñoz a siete años y ocho meses de prisión por el delito de abuso sexual. Muñoz estaba acusado de abusar de la hija de quien entonces era su pareja. El hecho fue denunciado en el 2019.

El hombre fue condenado por la Cámara Penal Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, en el marco de un debate oral por una causa de abuso sexual. El tribunal resolvió declarar a Jonathan Muñoz autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple continuado u agravado por ser cometido contra un menor, aprovechando la situación de convivencia preexistente. Por ello se lo condenó a sufrir la pena de siete años y ocho meses de prisión.

Los alegatos del caso se expusieron ayer martes. En primer lugar, la Defensora de Niñez y Adolescencia, Yésica Agüero, quien realizó un relato de los hechos y un análisis de la prueba recolectada, sosteniendo la autoría y la responsabilidad del acusado. La defensora solicitó que la calificación legal sea la prevista en el artículo 119 del Código Penal y afirmó que se adhería al pedido de pena solicitado por el fiscal de segunda instancia.

Luego, continuó el representante del Ministerio Público Fiscal, Ernesto Lutens, quien realizó una breve descripción del hecho y de la base fáctica de la imputación. El fiscal de cámara expresó que lo sucedido excede la figura de un abuso sexual simple y que se trató de una conducta abusiva que no resiste análisis. Por su parte, Lutens solicitó al tribunal que la calificación legal sea la de abuso sexual gravemente ultrajante, calificado por la relación de convivencia preexistente. Como atenuantes tuvo en cuenta la falta de antecedentes y la confesión de arrepentimiento del acusado, y como agravantes la edad y la vulnerabilidad de la niña, el perjuicio causado y el potencial daño. Por ello, solicitó la pena de 11 años de prisión.

Por último, fue la oportunidad del defensor del imputado, Víctor Endeiza, quien manifestó y describió algunas cuestiones respecto de la apreciación de la prueba que no coincidían con lo expresado por el fiscal y la defensora. Asimismo, agregó que no se ha demostrado que el hecho haya sido gravemente ultrajante. En ese sentido, el defensor de cámara pidió al tribunal que la calificación legal sea la establecida en el artículo 119, 1er párrafo y que la pena sea cerca de la mínima escala (de 6 meses a 4 años).

Finalmente, el tribunal optó por una pena “intermedia” entre la solicitada por la fiscalía y la defensa de Muñoz.

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