[dropcap style=”square”]H[/dropcap]ace instantes, el Tribunal en lo Penal, Correccional y Contravencional N° 2 leyó el veredicto de la causa Carla Pereyra, declarando a Nahir Nazareno Pérez, el único acusado, culpable del delito de “homicidio doblemente calificado, agravado por el vínculo y por mediar violencia de género”.
Sin embargo, todavía no se conoció la pena, ya que, cabe recordar, Pérez tenía 17 años cuando le propinó a Carla Pereyra la brutal paliza que le terminó costando la vida. Por ende, el monto de la pena lo fijará, la semana que viene, la jueza de Familia N° 2, Vivana Oste, que fue quien instruyó la causa en 2017.
Los alegatos del fiscal Fernando Rodríguez, quien pidió prisión perpetua, señalaron distintos testimonios, como los de las personas que vieron a Pérez rogarle a Carla y decirle cosas como “gorda no me hagas esto, decí que te pegaste sola”; y también los de vecinos que aseguraron que este no era el primer episodio de violencia que presenciaban, y de familiares de Carla, recordando que ella les había confesado recientemente que Nahir la golpeaba.
“Tenemos la autoría, tenemos el hecho, y tenemos la causa de muerte. Claramente, es penalmente responsable el imputado Pérez”, remarcó el fiscal Fernando Rodríguez.
Los alegatos del abogado de Pérez se centraron en la diferencia de edad de Pereyra y Pérez cuando empezaron su relación en 2015, cuando él tenía 14 años de edad y ella tenía 29 años y estaba casada. “¿Qué capacidad podía tener (Pérez) de discernir, de resolver una situación en la cual nunca se le consultó, porque no tenía las facultades para expresar su consentimiento, de introducirlo en un triángulo amoroso? Acá tenemos la primera cuestión. Mi cliente, ¿tiene los frenos inhibitorios y tiene la capacidad madurativa? Nos tenemos que preguntar qué hacia una mujer de casi 30 años con un menor de 14”, dijo Vicente Cuesta.
La segunda cuestión que Cuesta planteó en sus alegatos es el desempeño de la médica Silvia Rivarola. “Nunca se la atendió a Carla como una cuestión de emergencia”, dijo el abogado, remarcando que Rivarola no derivó a Carla a San Luis para practicarle una tomografía. “Estamos hablando de una médica que ingresó en el hospital en el año 99. Evidentemente, tiene que haber visto un sinfín de politraumatismos y sabe y conoce cómo venía la mano”, agregó Cuesta, haciendo hincapié en que no debería haber autorizado a Pereyra “a que se retirara del nosocomio”.
No solo eso, el letrado también apuntó hacia la familia de Carla, por no regresarla al hospital cuando, al día siguiente de la paliza, tras haber sido dada de alta y radicado la denuncia en contra de Pérez. “¿Qué hicieron? Nada. Hay una responsabilidad tanto médica como de la familia”, dijo Cuesta, motivando que entre los familiares presentes realizaran algunos comentarios en voz alta, por lo que el presidente del tribunal tuvo que pedirles silencio.
Ya cerrando, Cuesta planteó la nulidad de la calificación como femicidio, “porque por una cuestión de lógica y por una cuestión de edades, no era mi cliente quien sometía a Carla. Era totalmente al revés”.
Cuesta terminó sus alegatos alrededor de las 12.40 y se pasó a un cuarto intermedio de aproximadamente una hora. Al volver del mismo, el tribunal declaró culpable a Pérez, pero realizó la aclaración con respecto a la pena, la cual va a ser fijada, la semana que viene, por la jueza de Familia N° 2, Vivana Oste.